Ampliación de plazo para la presentación de anexos y declaraciones de impuestos
15 marzo 2023
Mediante Resolución NAC-DGERCGC23-00000008, el Director General del SRI amplia la presentación de anexos y declaraciones de impuestos cuyo vencimiento es en marzo 2023.
- Las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades pertenecientes al régimen general cuyo noveno digito de RUC sea 2 o 3 podrán presentar sus declaraciones y anexos cuyo vencimiento sea en marzo 2023 en las siguientes fechas, sin que se genere multas e intereses:

- Los sujetos pasivos obligados a presentar la declaración de la Contribución destinada al financiamiento de la atención integral del cáncer, cuyo vencimiento sean los días 13 y 14 de marzo, podrán presentar la declaración y pago hasta el 28 de marzo de 2023 sin que se generen multas e intereses.
- Los sujetos pasivos pertenecientes al Régimen RIMPE, cuyo noveno dígito del RUC sea 1, 2, 5, 8 y 9, podrán declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, presentar declaraciones y anexos por otras obligaciones, de acuerdo al siguiente calendario, sin que se generen multas e intereses:

Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales. La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.
Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener para su empresa, por favor comuníquese con nosotros: Verónica Peña ([email protected]), Nelson Morales ([email protected]) será un placer atenderle.
Saludos cordiales,
BDO TAX
Quito D.M. / Guayaquil