RECORDATORIO SOBRE FINANCIAMIENTO DE DÉCIMO TERCERA Y DÉCIMO CUARTA REMUNERACIÓN
08 enero 2021
Mediante Resolución C.D. No. 609 aprobada por el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social el 16 de septiembre de 2020 y publicada en el Registro Oficial No. 1117 de 02 de octubre de 2020; se resolvió definir la prima para el financiamiento de las décimas tercera y cuarta remuneraciones y auxilios funerales para cubrir el aporte que se dejó de percibir del 2,76% que realizaban los pensionistas y del seguro de desempleo, estableciendo:
- Añadir el 0,5% a las primas del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de los trabajadores en relación de dependencia, desde el inicio del período fiscal del año 2021; y,
- Fijar en 0,5% la prima del seguro de desempleo desde el inicio del período fiscal del año 2021, a los trabajadores con relación de dependencia.
Al respecto, BDO precisa que la referida resolución NO afecta el porcentaje de aportación al Seguro Social, únicamente refiere a un cambio en la asignación de los porcentajes que actualmente aportan los afiliados.
Adicionalmente, se recuerda a nuestros clientes que en el mes de ENERO deberán presentarse el Anexo Relación de Dependencia – RDEP, el Formulario 107 que corresponde al comprobante de retenciones en la fuente del impuesto a la renta por ingresos del trabajo en relación de dependencia y la declaración de impuesto a la renta a los contribuyentes que se encontraren bajo el régimen impositivo para microempresas.
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Lo antes presentado constituye un resumen de los aspectos relevantes de las comunicaciones o registros oficiales. La aplicación particular a un caso específico deberá ser motivo de un análisis individualizado para determinar su pertinencia y aplicación.